miércoles, 12 de febrero de 2014

RESUMEN TITULO VI: TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

La terminación del procedimiento administrativo se encuentra regulado en el capítulo IV del Título VI, del artículo 87 al artículo 92.

El procedimiento administrativo admite varias formas de terminación: resolución (modo normal), desistimiento, renuncia y caducidad.
También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas.

martes, 11 de febrero de 2014

RESUMEN TÍTULO VI: INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La instrucción del procedimiento se encuentra regulada en el capítulo III del título VI, del artículo 78 al artículo 86.
La administración viene obligada a desarrollar de oficio los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, estos son las alegaciones, los informes, las pruebas y "la audiencia y vista" (participación de los interesados).

RESUMEN TÍTULO VI DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La ordenación del procedimiento administrativo se encuentra regulada en el capítulo II del título VI, del artículo 74 al artículo 77.

La ordenación es la actividad encaminada a que el proceso se desarrolle con el orden establecido por la ley.

lunes, 10 de febrero de 2014

RESUMEN DEL TÍTULO VI: INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La iniciación del procedimiento esta regulada en el capítulo primero del Título VI de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, del artículo 68 al 73.

El procedimiento administrativo puede iniciarse de oficio o a solicitud de persona interesada.

IMPORTANTE