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miércoles, 12 de febrero de 2014

RESUMEN TITULO VI: TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

La terminación del procedimiento administrativo se encuentra regulado en el capítulo IV del Título VI, del artículo 87 al artículo 92.

El procedimiento administrativo admite varias formas de terminación: resolución (modo normal), desistimiento, renuncia y caducidad.
También producirá la terminación del procedimiento la imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas.

martes, 11 de febrero de 2014

RESUMEN TÍTULO VI: INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La instrucción del procedimiento se encuentra regulada en el capítulo III del título VI, del artículo 78 al artículo 86.
La administración viene obligada a desarrollar de oficio los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse la resolución, estos son las alegaciones, los informes, las pruebas y "la audiencia y vista" (participación de los interesados).

RESUMEN TÍTULO VI DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO: ORDENACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La ordenación del procedimiento administrativo se encuentra regulada en el capítulo II del título VI, del artículo 74 al artículo 77.

La ordenación es la actividad encaminada a que el proceso se desarrolle con el orden establecido por la ley.

lunes, 10 de febrero de 2014

RESUMEN DEL TÍTULO VI: INICIACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La iniciación del procedimiento esta regulada en el capítulo primero del Título VI de la ley 30/1992 de 26 de noviembre, del artículo 68 al 73.

El procedimiento administrativo puede iniciarse de oficio o a solicitud de persona interesada.

IMPORTANTE

domingo, 9 de febrero de 2014

TÍTULO IV DE LA ACTIVIDAD DE LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS

El Título IV de la ley 30/1992, del procedimiento administrativo, esta formado por 16 artículos divididos en dos capítulos. El primer capítulo va del artículo 35 al 46 artículo y el segundo capítulo va del artículo 47 al artículo 50.

martes, 2 de julio de 2013

TÍTULO III. De los interesados

El Título III de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, "De los interesados" esta compuesto por cinco artículos, artículo 30 al 34. En el se trata de la capacidad de obrar (art. 30), nos explica el concepto de

miércoles, 26 de junio de 2013

Excepciones en los plazos, tramitación de urgencia


  • La administración podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y no se perjudican derechos de terceros. La ampliación deberá ser notificada a los interesados.

Plazos Ley 4/1999

A tener en cuenta:


  • Cuando los plazos se señalan por día, se entiende que son hábiles excluyéndose domingos y festivos, salvo indicación expresa en contrario. Cuando los plazos se señalen en días naturales, se hará constar en las notificaciones.

sábado, 22 de junio de 2013

RECURSOS ADMINISTRATIVOS. PLAZOS

Recurso de alzada, el plazo par interponerse es de un mes a partir de la resolución, si el acto es expreso, o de tres meses si no lo fuera. Se resuelve en tres meses, si no hay resolución el recurso se considera desestimado.

miércoles, 19 de junio de 2013

Resumen de los plazos de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre


  • El plazo para resolver la recusación será de 3 días.
  • Para subsanar la omisión o incumplimiento de los requisitos puede subsanarse en 10 días y ampliarse en 5 días más, cuando la aportación de los documentos requeridos presente dificultades especiales.
  • Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deben de realizarse en el plazo de 10 días a partir de la notificación, salvo norma que fije otro plazo.

lunes, 17 de junio de 2013

Introducción a la ley 30/1992 de 26 de noviembre

La ley 30/1992 de 26 de noviembre consta de 146 artículos, estructurados en un Título Preliminar y 10 Títulos más, 19 disposiciones adicionales, 2 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 1 disposición final.

Importante: